Sobre el sistema de tributación de valores
Fecha de actualización: 28 de diciembre de 2018
1 Dividendos de acciones cotizadas, etc.
Los dividendos de acciones cotizadas, etc. (excluyendo grandes cantidades) están sujetos a una retención en origen del 15,315% como impuesto sobre la renta e impuesto especial sobre la renta para la reconstrucción (impuesto nacional), y del 5% como impuesto de residencia (impuesto local), para un total de 20.315 %.
No es necesario declarar estos ingresos ya que el impuesto de residencia ya se ha recaudado especialmente, pero si decide que sería más ventajoso declararlos, puede declararlos como ingresos (nota).
Cuando este dividendo se declare como renta, tributará de forma integral o separada, y se deducirá del impuesto sobre la renta el 5% del impuesto de residencia especialmente recaudado (no se deducirá del impuesto per cápita).
Cualquier cantidad que no pueda ser deducida será reembolsada o aplicada igualmente.
Si decide presentar una declaración de impuestos, no olvide ingresar el monto de este impuesto especial para residentes del 5% recaudado en la columna Monto de deducción porcentual de dividendos de la Tabla 2 Asuntos de impuestos para residentes en su declaración de impuestos final.
En cuanto a los dividendos de acciones que no cotizan en bolsa, etc., y los grandes dividendos entre los dividendos de acciones que cotizan en bolsa, se retiene el 20,42% como impuesto sobre la renta e impuesto especial sobre la renta para la reconstrucción, pero esto sólo incluye el impuesto sobre la renta y no incluye el impuesto de residencia, por lo tanto, todos los dividendos, etc. que usted no optó por declarar en el impuesto sobre la renta debe declararse en el impuesto de residencia, independientemente de su importe.
2 Renta de transferencia de acciones realizada en cuenta específica con retención a cuenta
Por las rentas de transmisión de acciones realizadas en cuenta específica con retención a cuenta, se retendrá el 15,315% por concepto de impuesto sobre la renta y el impuesto especial sobre la renta para la reconstrucción (impuesto nacional) y el 5% por concepto de impuesto de residencia (impuesto local), totalizando el 20,315%.
Dado que el impuesto de residencia ya ha sido especialmente recaudado por estos ingresos, no es necesario declararlos, pero si juzga que es más ventajoso declararlos, puede declararlos como ingresos (nota explicativa).
En cuanto a la renta de transferencia de este stock, cuando se declara como renta, se grava por separado, y del porcentaje de renta se deduce el 5% del impuesto de residencia especialmente recaudado (no se deduce de la tasa per cápita).
La cantidad que no haya podido ser deducida será reembolsada o aplicada a la tasa per cápita.
Cuando elija presentar una declaración de impuestos, no olvide ingresar el monto del 5% de este impuesto de habitante especialmente recaudado en la columna de deducción por ganancias de capital de acciones, etc. en la segunda tabla de la declaración de impuestos final.
Nota: Si lo declara como ingreso, puede verse afectado por cosas (impuesto al seguro médico nacional, primas de seguro de cuidados a largo plazo, etc.) que se calculan en función del estado del impuesto de residencia (monto del impuesto o ingreso), y puede también se verá afectado por determinaciones de exención de impuestos, etc. Esto también afectará la determinación de dependientes.
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