Última actualización: 4 de agosto de 2021
Según el artículo 30, apartado 1 de la Ley de bienestar infantil, los afectados deben informar al gobernador de la prefectura a través del alcalde de su municipio.
Un niño que no sea un niño dentro del cuarto grado de parentesco está separado de la persona que tiene la patria potestad o del tutor de un menor y se le permite vivir con el niño en su propio hogar (incluidos los hogares unipersonales) durante más de tres meses ( un mes para bebés) Una persona que ha vivido con el niño voluntariamente, o una persona que ha vivido con el niño continuamente durante más de 2 meses (20 días o más para bebés)
División del Centro de Apoyo Infantil y Familiar de la ciudad de Inagi, tercer piso, 2115-2 Higashi-Naganuma, ciudad de Inagi Teléfono: 042-378-6366