Preguntas Frecuentes (Pensión Nacional)

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Página ID1001723  Fecha de actualización 16 de diciembre de 2024

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PreguntaPor favor, infórmame sobre los beneficios de la Pensión Nacional.

Respuesta

Pensión Nacional Común Básica

(1)Pensión básica por vejez
Las personas que hayan pagado las contribuciones durante más de 10 años (incluyendo períodos de exención) pueden recibirla al cumplir 65 años. Además, pueden solicitar el adelanto de la pensión entre los 60 y 65 años, o el retraso de la pensión a partir de los 66 años, si así lo desean.

(2) Pensión de discapacidad básica
Si, antes de cumplir 65 años, se presenta una enfermedad o lesión que deja una discapacidad, y se es reconocido con un grado de 1 o 2 en la fecha de evaluación de discapacidad (que es 1 año y medio después de la fecha de la primera consulta), se puede recibir esta pensión.

(3) Pensión Básica de Sobrevivientes
Cuando fallece una persona que está afiliada a la Pensión Nacional o que es beneficiaria de la Pensión Básica por vejez, el cónyuge con hijos menores de 18 años (o menores de 20 años con discapacidad de grado 1 o 2) o los hijos menores de 18 años (o menores de 20 años con discapacidad de grado 1 o 2) pueden recibirla.

Nota: Si solicita (2) o (3), se requerirá cumplir con alguno de los requisitos de pago a continuación.

  1. Que, en la fecha de la primera consulta o el día anterior a la fecha de fallecimiento, haya un período de asegurado con pago de primas (incluyendo períodos de exención de primas) que sea de al menos dos tercios del período de asegurado desde el mes anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento.
  2. Si la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento es anterior al 31 de marzo del año 8 de la era Reiwa, no debe haber períodos de morosidad en el año más reciente hasta el día anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento, hasta el mes anterior a la fecha de la primera consulta o la fecha de fallecimiento.

Beneficios únicos de la Pensión Nacional

(1) Pensión de viuda
Si el esposo, que ha sido el asegurado número 1, fallece y la esposa ha mantenido su vida con él durante más de 10 años de matrimonio, y no ha recibido la Pensión de Jubilación Básica ni la Pensión de Discapacidad Básica, podrá recibir tres cuartas partes de la cantidad que su esposo habría recibido de la Pensión de Jubilación Básica, desde los 60 hasta los 65 años.

(2) Subsidio por fallecimiento
Los beneficiarios que hayan pagado las primas durante más de 36 meses (incluido el período de exención por maternidad) como asegurados de la Clase 1, y que fallezcan sin haber recibido la Pensión de vejez o la Pensión básica por discapacidad, pueden ser recibidos por los sobrevivientes que vivían juntos.

Nota: No se puede recibir ambos (1) y (2).

Contacto

Sección de Seguros y Pensiones Teléfono 042-378-2111 Extensión 142, 143
Oficina de Pensiones de Fuchu
Código Postal 183-8505
Dirección 2-12-2 Fuchucho, Ciudad de Fuchu
Teléfono 042-361-1011

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〒206-8601 Tokyo, Inagi Ciudad, Higashi-Naganuma 2111
Número de teléfono: 042-378-2111 Número de fax: 042-377-4781
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